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YPF pagará la alícuota del el 3% sobre Ingresos Brutos

La Provincia e YPF llegaron a un acuerdo de pago de deudas cruzadas por cerca de 17 millones de pesos por cada parte. Producto de ello la petrolera desiste de todo reclamo y acceda a pagar la alícuota del 3% sobre Ingresos Brutos.

Con el objetivo de poner fin a las discrepancias que existían entre la Provincia e YPF por cuestiones tributarias , la empresa y el titular de la Agencia de Recaudación Fueguina arribaron a una acuerdo mediante el cual dejaron resueltos la mayoría de la controversias existentes en la materia.


En función de ello, la petrolera reconoció una deuda cercana a los 15 millones, por capital y multas,   por diferencias en el pago de la alícuota de Ingresos Brutos por las producción de crudo por los períodos comprendidos entre marzo de 2014 a agosto de 2016, ya que YPF considerada que el incremento del 2 al 3% de la alícuota sobre Ingresos Brutos aplicable a la actividad de producción de crudo y gas natural dispuesto por la Provincia a partir de marzo de 2014 resultaba violatorio del Acuerdo Federal de Hidrocarburos de 1994. Es de tener en cuenta que en septiembre de ese mismo año la Nación y las Provincias que integran la Organización Federal de Estados Productores de Hidrocarburos firmaron el Acuerdo para el Autoabastecimiento de Hidrocarburos, en el que estableció que la alícuota para la actividad de extracción de hidrocarburos en el impuesto sobre los Ingresos Brutos no podía superar en ninguna jurisdicción el 3%.


En ese marco, la petrolera se comprometió a desistir de toda acción administrativa o judicial, a pagar lo reclamado y a comenzar a aplicar la alícuota del 3% a partir del anticipo correspondiente a septiembre de este año.


También reconoció una deuda por unos 2,3 millones de pesos -por capital y multas- en concepto de ajuste en  el impuesto sobre Ingresos Brutos por los anticipos enero 2002 a diciembre 2012, generada a partir de la decisión de la empresa de no considerar las regalías como gasto computable a los efectos de determinar los coeficientes de atribución a los efectos del Convenio Multilateral.


Por su parte, la Provincia reconoce un crédito a favor de YPF en concepto de Impuesto de Sellos por 17,6 millones de pesos -capital e intereses- y autoriza a descontar ese monto de los anticipos mensuales sobre los Ingresos Brutos a partir de este mes de octubre.    


En cuanto a la controversia existente en torno a la aplicación del artículo 13 del convenio multilateral y la pretensión de la AREF de gravar en la Provincia la totalidad de la producción de crudo que la empresa transporta para su refinación a Buenos Aires, las partes resolvieron someterse a lo que resuelva la Corte Suprema de Justicia de la Nación en la causa (acción declarativa de certeza) que por esa misma cuestión YPF presentó contra la Provincia de Chubut, aún en trámite ante ese alto tribunal.  


El convenio multilateral es un acuerdo entre las Provincias y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires para distribuir la base imponible del Impuesto Sobre los Ingresos Brutos, con el propósito de evitar la múltiple imposición que se produciría si los Fiscos locales gravaran con la misma base de medida la actividad que realice un contribuyente en forma indivisible en dos o más jurisdicciones.


El referido acuerdo, que fue firmado el 30 de septiembre y ratificado por la Gobernadora el pasado jueves 6 de octubre mediante decreto 2206/16, contempla la posibilidad de que para cancelar los cerca de 17 millones de pesos que reconoció adeudar a la provincia, YPF pueda acogerse al régimen de regularización de  deudas tributarias que rige hasta el 28 de octubre, que contempla la condonación  del 100% de las multas aplicadas y no abonadas por los contribuyentes y el pago anticipado  del 10% del total de la deuda a regularizar.


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