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Corte Suprema otorgó polémico 2x1 a un exrepresor

Por mayoría sentenció que el ex parapolicial Luis Muiña tiene derecho al principio de la ley más benigna que consagra la Constitución.

Con un argumento que ahora podrán invocar decenas de represores para salir de prisión antes de tiempo, la Corte Suprema de Justicia de la Nación, por mayoría de tres votos contra dos, avaló la aplicación del viejo "2x1" para un civil condenado por crímenes durante la dictadura y convalidó la reducción de su pena.

 

Se trata de Luis Muiña, un represor de un grupo paramilitar que irrumpió en el Hospital Posadas dos días después del golpe de Estado de 1976 y por lo que fue condenado en 2011 a cumplir una pena de trece años de cárcel por delitos de lesa humanidad.

 

La mayoría del tribunal entendió que a Muiña le correspondía la aplicación de la ley más benigna ya que la desaparición forzada de personas es un delito permanente. Por ello, según esos magistrados, lo alcanza la reducción de pena prevista en una ley que tuvo vigencia de 1994 a 2001.

 

Se trata de la ley 24.390, más conocida como la del "2x1". Esto es que se consideraba doble cada día de prisión preventiva superados los dos años del encarcelamiento y sin sentencia firme.

 

La norma se sancionó en 1994 para descomprimir la situación de las cárceles, llenas de procesados sin condena, situación expuesta en la carnicería del motín en el penal de Sierra Chica, donde hubo casos de canibalismo.

 

Pero en 2001 esa norma fue reemplazada por la ley 25.430, que quitó ese beneficio para los procesados. Así, a los dos años de prisión los procesados sin sentencia pueden pedir y obtienen sus excarcelaciones.

 

La discusión en la Corte pasó por interpretar si estaba vigente la ley del 2x1 para alguien detenido en 2007 y condenado en 2011. La mayoría del tribunal, compuesta por los dos nuevos ministros del cuerpo, Horacio Rosatti y Carlos Rosenkrantz, más la vicepresidenta del mismo, Elena Highton, dijo que sí.

 

El argumento de esos tres jueces fue que las desapariciones de personas son un delito permanente y que por ende a Muiña le correspondía el principio de la ley más benigna ya que debían considerarse todas las normas existentes entre la comisión del delito, marzo de 1976, y su sanción penal, es decir la condena de 2011 dictada respecto de él por el Tribunal Oral en lo Criminal Federal 2 (TOCF2).

 

La decisión de la mayoría de la Corte -contra los votos minoritarios de Ricardo Lorenzetti y Juan Carlos Maqueda- fue duramente cuestionada ayer por los organismos defensores de los derechos humanos y por buena parte del arco político, incluidos representantes del oficialismo (Ver aparte).

 

Lo curioso es que Muiña ya se encontraba en libertad condicional desde abril del año pasado por disposición del mismo tribunal que lo había condenado al cumplir dos tercios de la pena.

 

Fuentes judiciales coincidieron en afirmar que decenas de represores estarán en condiciones de reclamar el mismo beneficio ya que la mayoría de ellos pasaron más de cinco o hasta seis años con prisión preventiva, que se prorrogaba más allá de los dos años iniciales por tratarse de delitos de lesa humanidad.

 

Ello ocurrió en parte por la complejidad de las causas, las demoras en la realización de los juicios respectivos y la imprevisión del gobierno kirchnerista de no dotar de infraestructura al Poder Judicial para afrontar el aluvión de procesos tras derogare las leyes del perdón y reabrirse cientos de causas por la represión ilegal de la guerrilla.

 

"La mejor respuesta que una sociedad respetuosa de la ley puede darle a la comisión de delitos de lesa humanidad, y la única manera de no parecerse a aquello que se combate y se reprueba, es el estricto cumplimiento de las leyes y de los principios que caracterizan el Estado de Derecho", dijeron en su voto los jueces Highton y Rosenkrantz en defensa de la aplicación de la ley más benigna.


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