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Denuncia de reparto de sobres en la última elección

El ministro Álvarez fue sobreseído por una conducta atípica

El ministro de Gobierno y Justicia fue sobreseído en la causa que se inició tras la denuncia por repartir supuestos sobres el día de las elecciones en una escuela de Río Grande. Había sido radicada por Daniel Moreno, representante del partido Instrumento Electoral por la Unidad Popular, a raíz de las denuncias públicas de dos fiscales sobre esta conducta. La justicia consideró que no hay tipificación para el accionar del funcionario, ni prueba de ningún delito.

El ministro de Gobierno y Justicia José Luis Álvarez fue sobreseído en la causa que investigaba el supuesto reparto de sobres en un establecimiento educativo de esta ciudad el día de las elecciones nacionales.

Río Grande.- El ministro de Gobierno y Justicia José Luis Álvarez fue sobreseído en la causa que investigaba el supuesto reparto de sobres en un establecimiento educativo de esta ciudad el día de las elecciones nacionales.

La causa tramitó en el juzgado federal de la capital fueguina, caratulada como “Álvarez José Luis sobre infracción Ley 19.945”, y la sentencia fue dictada por el juez Federico Calvete el pasado 29 de noviembre.

Fue originada por la denuncia de Daniel Moreno, representante del partido Instrumento Electoral por la Unidad Popular el mismo día de las elecciones del 22 de octubre, por hechos que habrían ocurrido en la escuela Antártida Argentina de Río Grande. En la presentación, Moreno aclaró que se basó en las declaraciones públicas de dos autoridades de mesa en esa jornada, y expuso que el funcionario, sin ser fiscal general por el partido Tierra de Unión, ingresó “a un aula fajada” y “habría estado entregando sobres de contenido desconocido”, lo que se interpretó como “un acto de proselitismo” violatorio de la veda electoral.

Moreno agregó un segundo hecho a la denuncia al día siguiente, donde expuso que personas desconocidas apedrearon el domicilio particular de Lucas Quidel, fiscal del partido y testigo del presunto reparto de sobres junto al fiscal del frente Ciudadano y Social Gustavo Casariego, quien lo hizo directamente responsable, también por los medios.

Ambos fueron citados como testigos y, en el caso de Quidel, relató que vio al ministro junto a otras tres personas, una de ellas Romina Pot, a quienes les entregaba elementos que podían ser “un sobre, un papel o plata”, pero que no pudo identificar fehacientemente dado que Álvarez los habría guardado cuando se acercó junto con Casariego. El testigo agregó que instaron al ministro a abandonar el lugar, porque no era fiscal ni autoridad de mesa, quien “se retiró protestando, pero quería permanecer allí”, hasta que abandonó el edificio “con la colaboración de un policía”. Quidel aclaró que el aula “no estaba fajada” en ese momento, y era utilizada por las autoridades de mesa para cargar celulares, o comer.

El testimonio de Casariego fue similar, y reconoció “no haber visto ningún tipo de sobre ni elemento que estuviera entregando”, sino al ministro “escribiendo” en el aula en cuestión, acompañado de otras personas, entre ellas Romina Pot, quien era fiscal de la lista 501.

El juez de la causa, analizados los testimonios de los testigos, tomó en cuenta que el aula no estaba fajada y que tampoco se trataba de un espacio destinado como cuarto oscuro. También observó que los testigos no pudieron ver fehacientemente qué elementos entregaba Álvarez, quien en ese momento argumentó, según los dichos de los propios testigos, que estaba haciendo un informe sobre la actuación de un presidente de mesa.

Calvete consideró que el hecho denunciado “no constituye una infracción electoral”, en disidencia con el planteo de la fiscalía, como tampoco un delito, resultando “una conducta atípica”. En consecuencia, dictó la resolución con el fin de “liberar del estado de sospecha” que pesaba sobre Álvarez, “sin que sea necesario recibirle declaración indagatoria”.

La causal de sobreseimiento se basa en el denominado “hecho atípico”, que implica reconocer que ha existido pero “no encuadra en ningún tipo penal de los previstos en el código”, y remarca en la resolución que la formación de este proceso “no afecta el buen nombre y honor” del ministro.


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