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Fallo de primera instancia con perspectiva de género

Era él o era yo y vi que me quería matar

Los hechos se conocieron el 12 de abril pasado. La mujer quedó detenida y fue indagada a las pocas horas. El hombre, fue hospitalizado y finalmente las lesiones fueron calificadas de carácter leve. El juez Daniel Cesari Hernández aseguró que, por el beneficio de la duda, las lesiones leves al victimario, y por haberse analizado toda la causa con perspectiva de género, de acuerdo a lo ordenado por el Superior Tribunal de Justicia, se determinó sobreseer a la mujer, luego de tres meses de investigación. Ahora, el fiscal Ariel Pinno, deberá solicitar medidas para determinar desde cuando el hombre agredía a la mujer.

Fue sobreseída la mujer que, en abril pasado, en un acto de defensa, prendió fuego a su ex pareja. El hombre, que ya se recuperó, ahora deberá responder por las agresiones a la denunciante.

Río Grande.- “Ayer resolví la situación procesal y decidí su sobreseimiento. En primer momento, las versiones del caso presentaban a una persona lesionada y que su estado era de relevancia, pero la intervención de los médicos del cuerpo forense determinó que esas lesiones son de índole leve, y que no pusieron en riesgo su vida y no demandaban de mayor recuperación que 30 días”, explicó el Juez de Instrucción Cesari Hernandez. 

“También hay que destacar que el esposo de la víctima se presentó en fiscalía y en el juzgado indicando que no quería que se continúe con la causa, que no era su intención continuar la causa. En este caso, siendo las lesiones de carácter leve, él tenía la posibilidad de hacer esa manifestación, pero como la investigación había sido pedida por el fiscal Pinno, porque cuando uno hace una denuncia, no puede quedar sin efecto”, detalló. 

“Se llamó a indagatoria, recordemos que la mujer estuvo detenida unos días, luego se propició la liberación y en el día de ayer, tras tener todas las tareas periciales, llegamos a la conclusión que la prueba no permitía alcanzar el grado de sospecha y certeza que requiere un procesamiento”, refirió Cesari. 

En este sentido, el magistrado sostuvo: “Cabe recordar que el procesamiento no es una decisión definitiva, cuando un juez procesa a una persona, en idioma menos técnico, el juez está diciendo que la sospecha que recae sobre el hecho. Un procesado está más comprometido con la causa, pero no significa que este condenado, tampoco que sea culpable y no pierde su presunción de inocencia. Cuando un procesado es elevado a juicio, puede terminar con una condena o puede terminar con una absolución”, comentó sobre la situación procesal, no sólo de este caso, sino en líneas generales. 

“En el caso de la señorita, no podíamos elevar el grado a una sospecha a un procesamiento, porque aunque estaba probado que la mujer le arrojó alcohol a su pareja, y ella chispeo con el encendedor, se crea una situación de duda”, asegura el juez y continúa, “ esos hechos ocurrieron dentro de la vivienda y sin testigos, ella reconoció haber prendido fuego al señor, pero alegó haberlo hecho en estado defensivo, alego que él la estaba agrediendo físicamente y manifestó que su vida estaba en peligro, y dijo, “o era él o era yo y vi que me quería matar”. Esos fueron los dichos en su defensa”. 

Asimismo, “la víctima admitió que la estaba agrediendo. La estrategia defensiva que empleo la señorita encontró en el testimonio de la propia víctima reconoció haberla agredido y haberla arrojado contra un sillón, todo en una situación de celos. Lo que debe quedar claro es que “me defendí, por parte de mi pareja hombre y él dijo la ataque”, se explayó el magistrado. 

 

Las pruebas

 

En otro tramo de la entrevista, el juez Cesari habló sobre las pruebas que se tuvieron en cuenta para determinar el sobreseimiento de la mujer. “Se requirió a Científica y al médico forense la mecánica del hecho, esto permite hacer una suerte de reconstrucción en laboratorio y se pidió a Científica si el ataque fue de frente o de espalda, en qué forma se encontraban y no pudimos saber en qué posición estaba cada uno. Toda esta duda se refuerza aún más, con los antecedentes de violencia, la señorita alego ser víctima de violencia hace mucho tiempo. De hecho, hay una denuncia de la mujer, hacia la pareja, al punto tal que la denuncia está siendo atendida por el fiscal, de modo que quien aprecia víctima en principio, terminaría siendo victimario de la hasta ayer, imputada”. 

 

Fallo de primera instancia con perspectiva de género

 

De igual modo, el juez Cesari refirió: “Tuve en consideración los lineamientos ordenados por el Superior Tribunal de Justicia, que nos imponen a jueces y fiscales, cuando analizamos y tomamos decisiones, y se está analizando la causa en relación a una mujer, que esa evaluación y esa decisión sea analizada con perspectiva de género, que no significa dejar de atender los demás. En el caso, se dio la duda razonable, que significa hacer una evaluación, tengo otra prueba, y no hay otra respuesta y es razonable, no se pudo incorporar otra actividad probatoria no se pudo incorporar otra actividad probatoria, y esto es la duda razonable, in dubio pro reo que no es capricho del juez, sino una resolución con parámetros del derecho nacional e internacional, cuando hay una resolución dudosa, debe ser resuelta a favor del imputado”. 

En conclusión, “Ayer la señorita Dos Santos fue sobreseída por operar una duda razonable, en el marco de una investigación guiada con parámetros que opera a partir de este caso, y de esta duda, de esta defensa de la señorita y las pruebas que indicaron que fue en orden defensivo”. 

 

De víctima a victimario: Denuncia en curso

 

Asimismo, “los hechos están a disposición del fiscal y será quien disponga si hay investigación y que puede requerir el Fiscal. Toda investigación la pide un fiscal, y cuando los jueces investigamos, no podemos apartarnos del objeto, de aquello que nos pide el Fiscal. Del mismo modo que cuando las causas se elevan a juicio, es por pedido de un fiscal y en relación al hecho que circunscribe el fiscal, se condena; únicamente cuando hay un pedido del fiscal. Si un fiscal no pide condena, un Tribunal no puede condenar. Ese es el sistema con que se maneja la justicia fueguina, que busca plena separación de las funciones de los fiscales y los jueces”. 

De esta manera, quien hasta ayer era la denunciada, y hoy sobreseída, denunció a su ex pareja, por hechos de violencia de género, sostenidos en el tiempo. 

 

Guardia de la Defensoría Municipal

 

“Si vos o alguien que conoces está viviendo violencia por motivos de géneros podes comunicarte al 144, línea nacional. Al (2964) 526548; Guardia de la Defensoría Municipal (24hs); o al (2964) 698620 Subsecretaría Provincial de Políticas de Género (9 a 16hs)”.

 


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