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Se declaró la alerta sanitaria por sarna ovina

El SENASA declaró la alerta sanitaria por sarna ovina en siete departamentos de Chubut y estableció nuevas medidas para frenar su avance.

Se declaró la alerta sanitaria por sarna ovina ordenaron controles y vigilancia en una provincia argentina

El Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (SENASA) emitió una alerta sanitaria por sarna ovina en una provincia argentina.

 

Declaran alerta sanitaria por sarna ovina en varios departamentos de la provincia de Chubut

El Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (SENASA) declaró la alerta sanitaria en siete departamentos de la provincia de Chubut, Gastre, Telsen, Cushamen, Languineo, Paso de Indios, Mártires y Gaiman, con el objetivo de contener los focos emergentes de sarna ovina y evitar su propagación hacia zonas libres. La medida fue oficializada a través de la Resolución 939/2025, publicada en el Boletín Oficial, y surge tras un incremento sostenido de casos en los últimos años.

 

El organismo determinó que se deberán reforzar las acciones de vigilancia, control, prevención y erradicación de esta parasitosis causada por el ácaro Psoroptes Ovis.

 

La decisión se tomó luego de los informes y pedidos de la Comisión Provincial de Sanidad Animal (COPROSA) de Chubut, que reúne a productores y autoridades sanitarias locales.

 

Las medidas estrictas del SENASA para la prevención de la sarna ovina

 

La normativa incorpora estrictas medidas para el movimiento de ovinos y sus productos desde los departamentos en alerta hacia zonas libres, con el fin de proteger regiones como Santa Cruz, declarada libre de sarna en 2023.

 

Para autorizar traslados de animales vivos, excepto los destinados a faena inmediata, se exigirá un tratamiento antisárnico completo que incluye dos baños por inmersión, con intervalos de 10 a 12 días y un segundo baño dentro de la semana previa al movimiento.

 

También será obligatorio contar con el Certificado de Inspección Sanitaria Oficial y realizar una cuarentena de 24 días en el establecimiento de destino. Los animales que se trasladen a frigoríficos con tránsito federal sólo requerirán autorización del SENASA, mientras que los que vayan a otros establecimientos deberán presentar certificación sanitaria oficial o emitida por la COPROSA.


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