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Sancionaron adhesión a la ley Justina

En Tierra del Fuego ya se trabaja bajo el marco normativo de la ley 27.447 pero lo que se genera adhiriendo es la reglamentación provincial. “Hoy no vamos a necesitar el permiso de la familia” para acceder a la ablación de los órganos, dijo el coordinador del CUCAI TDF.

Con la presencia del dr. Eduardo Serra coordinador del CUCAI TDF, y el consenso logrado en el recinto, entre las bancada del FPV-PJ y MPF (ambas habían presentados iniciativas similares) la Legislatura de Tierra del Fuego dio una nueva Ley a los fueguinos. Se trata de la adhesión a la Ley Nacional Nº 27.447 de Trasplante de Órganos, Tejidos y Células (asuntos Nº 349 y 372). Luego de disponer la Cámara en Comisión y dictaminar, en sesión y votación nominal, los Legisladores fueguinos sancionaron la normativa conocida a nivel nacional como Ley Justina.

 

Fundamentaron las legisladoras Andrea Ferites (FPV - PJ) y Mónica Urquiza (MPF) y luego, la titular de la Comisión de Salud invitó al profesional médico, quien felicitó a los parlamentarios al darle a la población de Tierra del Fuego, una nueva ley.

 

En diálogo con Prensa Legislativa, Serra aclaró que, respecto de la nueva normativa nacional “lo que cambia es la solicitud del permiso. El consentimiento familiar y el testimonio escrito”. En este punto, graficó que con la comunicación familiar se genera el proceso para que se acceda a esa disposición.

 

En Tierra del Fuego ya se trabaja bajo el marco normativo de la 27.447, “lo que estamos generando es la reglamentación provincial”, dijo el profesional.  En este sentido, sostuvo que no es la misma realidad la que se vive en CABA, Córdoba o Santa Fe que la de nuestra Provincia. “Hay determinadas cuestiones más, de orden práctico y ejecutivo –a nivel administrativo-, que es necesario que se trabaje en conjunto con el Gobierno”, aseveró.

 

La Ley Justina establece que “hoy no vamos a necesitar el permiso de la familia” para acceder a la ablación de los órganos, dijo el Dr. Serra. Antes, con la expresión de su voluntad afirmativa o negativa, “era un donante presunto pero la decisión la tomaba la familia”. Desde la sanción de esta normativa, cambia “la figura del donante presunto duro”.

 


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