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Hechos registrados entre el 2006 y el 2008

Justicia absolvió a ocho imputados de peculado

Se trata de Elsa Inés Bugnest, Germán Horacio Gualdesi, Horacio Fernando Medone, Alfredo Raúl Iglesias, Raúl Horacio Berrone, Horacio Hector Sosa y María Lorenza Moreno en causas de peculado entre los meses de diciembre de 2006 y diciembre de 2007 y en otra de noviembre de 2008 en perjuicio de la Administración Pública Provincial. El Superior Tribunal entendió que, según las actuaciones incorporadas a la causa, “no se ha logrado probar con la certeza requerida la falta de prestación por parte de la firma Gualdesi del servicio cuyo pago se cuestiona”, según indica el fallo, dando así lugar a las casaciones interpuestas por los defensores.

Los ex ministros de Economía de la provincia, Horacio Sosa y Raúl Berrone, recibieron penas de tres años y diez meses de prisión de cumplimiento efectivo por el delito de “peculado en concurso ideal con falsificación de instrumento público”.

Ushuaia.- El Superior Tribunal de Justicia de Tierra del Fuego absolvió a ocho personas que habían sido condenados a prisión hace 7 años, entre ellos dos ex ministros de Economía de la provincia, en la causa que investiga uno de los mayores escándalos de corrupción de la historia de la provincia, informaron a Télam fuentes judiciales.

Los involucrados en el llamado “caso de las Letras de Tesorería” fueron sometidos a juicio en mayo de 2014, y seis de ellos recibieron condenas de prisión efectiva que incluso ya cumplieron.

Sin embargo, las defensas de los funcionarios apelaron al Superior Tribunal que demoró siete años en emitir un nuevo fallo en el que decidió que no había evidencias suficientes para sostener el veredicto, y los absolvió a todos.

La resolución judicial adoptada por los jueces María del Carmen Battaini, Ernesto Löffler y Gonzalo Sagastume se vincula con una maniobra perpetrada durante la parte final de la gestión del ex gobernador Hugo Cóccaro, en 2007, para pagar con títulos provinciales por servicios nunca prestados.

En particular, se investigó el pago de 8,2 millones de pesos (equivalente a 2,73 millones de dólares de la época y a 546 millones de pesos actuales) por parte del Estado fueguino a la empresa “Gualdesi Hermanos” en diciembre de 2007, a cambio de bolsones de alimentos para personas indigentes que, según la denuncia presentada por la gestión de la ex gobernadora Fabiana Ríos en 2008, nunca se entregaron.

Los pagos fueron realizados con letras emitidas por el Estado, con una modalidad similar a la descubierta en otras investigaciones judiciales.

El Tribunal de Juicio en lo Criminal de Ushuaia, conformado por los jueces Alejandro Pagano Zavalía, Maximiliano García Arpón y Guillermo González, condenó a ocho de los nueve acusados el viernes 9 de mayo de 2014.

Seis de los imputados fueron condenados a prisión efectiva, dos a prisión en suspenso y uno fue absuelto.

Los ex ministros de Economía de la provincia, Horacio Sosa y Raúl Berrone, recibieron penas de tres años y diez meses de prisión de cumplimiento efectivo por el delito de “peculado en concurso ideal con falsificación de instrumento público”.

También condenaron a 5 años de cárcel al ex contador General de la gobernación, Alfredo lglesias, y a 3 años y 6 meses de prisión a uno de los dueños de la empresa involucrada, Germán Gualdesi.

Además, la Justicia consideró culpables del mismo delito al ex asesor del Ministerio de Economía Horacio Medone, quien recibió una pena de 3 años y 10 meses y a la ex empleada María Lorenza Morenos, quien fue condenada a 3 años y 4 meses de cárcel y quien ya falleciera.

A su vez, el ex empleado Isidro Ferreyra y otra de las dueñas de la firma Gualdesi, Elsa Bugnest, recibieron una condena de 3 años de prisión en suspenso.

Tanto Sosa, como Iglesias, Medone y Lorenzos ya estaban presos con anterioridad por otras condenas previas, mientras que Berrone y Gualdesi fueron detenidos de inmediato tras la lectura del veredicto de 2014.

No obstante, el Superior Tribunal entendió que, según las actuaciones incorporadas a la causa, “no se ha logrado probar con la certeza requerida la falta de prestación por parte de la firma Gualdesi del servicio cuyo pago se cuestiona”, según indica el fallo al que accedió Télam.

La jueza Battaini escribió en su voto que el tribunal del juicio efectuó “un análisis formal, pero netamente dogmático, de las actividades realizadas en función a los procedimientos fijados para la administración pública”.

Para el máximo organismo judicial de la provincia, los jueces anteriores omitieron considerar “el desorden administrativo reinante en la administración pública en los años en cuestión, la situación de emergencia alimentaria por la que atravesó la provincia y las prácticas irregulares que se instauraron”.

Por otra parte, Battaini acusó a sus pares del tribunal inferior de haber creado distintas categorías de testigos, “otorgando mayor valor probatorio a los testimonios incriminatorios, y menor -y sin fundamentación- a los desincriminatorios”. (Télam)

 

La resolución del alto tribunal

 

1º)       DECLARAR extinguida la acción penal por el fallecimiento de María Lorenza Morenos, titular del D.N.I. N° 12.669.284, de nacionalidad argentina, nacida en la Provincia de Córdoba, el 10 de agosto de 1956, divorciada, con estudios secundarios completos, con último domicilio real en calle Entre Ríos N° 1243 del barrio San Vicente de la Provincia de Córdoba, y -en observancia del art. 59 del Código Penal, y el art. 309 inc. 1 del Código Procesal Penal de la Provincia- SOBRESEERLA de los delitos de peculado en concurso ideal con falsedad ideológica de instrumento público.

 

2º)       HACER LUGAR al recurso de casación interpuesto a fs. 4480/4498, por el letrado defensor Dr. Juan H. Ladereche, contra la sentencia de fs. 4387/4478 y consecuentemente ABSOLVER al Sr. Horacio Héctor Sosa de las penas a las que fuera condenado por los delitos de peculado en concurso ideal con falsedad ideológica de instrumento público (arts. 54, 261 y 293 primer párrafo, del Cód. Penal), por los hechos cometidos en la ciudad de Ushuaia, entre los meses de diciembre de 2006 y diciembre de 2007, en perjuicio de la Administración Pública Provincial.

 

3º)       HACER LUGAR al recurso de casación interpuesto a fs. 4499/4510 por el Sr. Defensor Público, Dr. Juan Carlos Assan, contra la sentencia de fs. 4387/4478 y consecuentemente ABSOLVER al Sr. Alfredo Raúl Iglesias de las penas a las que fuera condenado por los delitos de peculado en concurso ideal con falsedad ideológica de instrumento público (arts. 54, 261 y 293 primer párrafo, del Cód. Penal), por los hechos cometidos en la ciudad de Ushuaia, entre los meses de diciembre de 2006 y diciembre de 2007, en perjuicio de la Administración Pública Provincial.

 

4º)       HACER LUGAR al recurso de casación interpuesto a fs. 4514/4558 por el Sr. Defensor Dr. Guillermo J. Tiscornia, contra la sentencia de fs. 4387/4478 y consecuentemente ABSOLVER a la Sra. Elsa Bugnest de Gualdesi de las penas a las que fuera condenada por los delitos de peculado en concurso ideal con falsedad ideológica de instrumento público (arts. 54, 261 y 293 primer párrafo, del Cód. Penal), por los hechos cometidos en la ciudad de Ushuaia, entre los meses de diciembre de 2006 y diciembre de 2007, en perjuicio de la Administración Pública Provincial.

 

5º)       HACER LUGAR al recurso de casación interpuesto a fs. 4559/4595 por los Dres. Javier S. Postolski y Daniel Alejandro Sacks, defensores de Germán Horacio Gualdesi y representantes del nombrado y de Elsa Inés Bugnest de Gualdesi con relación a la condena civil, contra la sentencia de fs. 4387/4478 y consecuentemente ABSOLVER al Sr. Germán Horacio Gualdesi de las penas a las que fuera condenado por los delitos de peculado en concurso ideal con falsedad ideológica de instrumento público (arts. 54, 261 y 293 primer párrafo, del Cód. Penal), por los hechos cometidos en la ciudad de Ushuaia, entre los meses de diciembre de 2006 y diciembre de 2007, en perjuicio de la Administración Pública Provincial.

 

6º)       HACER LUGAR al recurso de casación interpuesto a fs. 4607/4637 por el Sr. Defensor Dr. Félix A. Santamaría, contra la sentencia de fs. 4387/4478 y consecuentemente ABSOLVER a los Sres. Horacio Fernando Medone y Raúl Horacio Berrone de las penas a las que fueran condenados por los delitos de peculado en concurso ideal con falsedad ideológica de instrumento público (arts. 54, 261 y 293 primer párrafo, del Cód. Penal), por los hechos cometidos en la ciudad de Ushuaia, entre los meses de diciembre de 2006 y diciembre de 2007, en perjuicio de la Administración Pública Provincial.

 

7º)       HACER LUGAR al recurso de casación interpuesto a fs. 4596/460 por el Sr. Defensor Dr. Carlos Alberto Alfonzo, contra la sentencia de fs. 4387/4478 y consecuentemente ABSOLVER al Sr. Isidro Omar Ferreyra de las penas a las que fuera condenado por los delitos de encubrimiento agravado en concurso ideal con falsedad ideológica de instrumento público (arts. 54, 277 inciso 1º apartados ‘a’ y ‘b’ e inciso 3º apartado ‘d’, 293 párrafo 1º y 298 del Cód. Penal), por los hechos cometidos en la ciudad de Ushuaia, entre los días 6 y 18 de noviembre de 2008, en perjuicio de la Administración Pública Provincial.

 

8º)       REVOCAR el punto 11 de la sentencia de fs. 4387/4478, mediante la cual el Tribunal hizo lugar a la acción civil promovida por el Tribunal de Cuentas de la Provincia, y condenó a Elsa Inés Bugnest, Germán Horacio Gualdesi, Horacio Fernando Medone, Alfredo Raúl Iglesias, Raúl Horacio Berrone, Horacio Hector Sosa y María Lorenza Moreno a pagar solidariamente al actor la suma de $2.431.099,53 (pesos dos millones cuatrocientos treinta y un mil noventa y nueve con cincuenta y tres centavos) y en consecuencia RECHAZAR la acción civil presentada por el Tribunal de Cuentas.

 

9°)       MANDAR se registre, notifique y cumpla.

 

Fdo.: María del Carmen Battaini - Juez, Carlos Gonzalo Sagastume – Juez, Ernesto Adrián Löffler – Juez

Secretario: Roberto Kádár

Tº XXVII – Fº 571/619

 


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