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Una buena: Condena a ex funcionaria de Obra social por no dar cobertura

Una sanción con un mensaje claro a funcionarios publicos

La noticia de que una exfuncionaria deberá pagar de su bolsillo directamente a una paciente damnificada por la Obra Social del Estado es alentadora y ejemplificadora para muchos funcionarios que por acción u omisión se creen impunes frente a las leyes y normas.

El fallo reciente del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nº 2 del Distrito Judicial Sur, que ordenó a Mariana Hruby, ex presidenta de la OSEF, abonar 9 millones de pesos por mal desempeño y reiterado incumplimiento de mandatos judiciales, no es sólo una resolución más; es un faro de esperanza para los ciudadanos que alguna vez se sintieron desamparados frente al aparato estatal.

Este caso debe ser leído con atención por todos los gestores públicos, desde el más alto funcionario hasta el último eslabón de la cadena administrativa. La Justicia ha demostrado que los cargos no son escudos ni blindajes. Cuando un servicio esencial como la salud se ve postergado por decisiones arbitrarias o por la negligencia de quienes deben garantizarlo, el Estado, a través de sus tribunales, tiene la obligación y la voluntad de reparar el daño. Y en esta ocasión, lo ha hecho con celeridad y firmeza.

El valor de esta resolución no reside únicamente en el monto de la multa, sino en el mensaje que transmite: la justicia puede ser rápida cuando hay voluntad institucional. En mayo de 2025, el tribunal fijó la liquidación de las astreintes; en tiempo récord, se dispusieron embargos a los miembros del Directorio y, finalmente, se direccionó la ejecución de manera particular contra la ex titular de la entidad. El Banco de Tierra del Fuego recibió la orden de girar los fondos de inmediato. No hubo dilaciones, ni recursos dilatorios que prosperaran. La máquina judicial funcionó con la agilidad que los ciudadanos exigen y merecen.

Que la exfuncionaria deba hacerse cargo no sólo de los 9 millones de pesos, sino también de la totalidad de las costas procesales, es un componente ejemplificador de esta sentencia. La madre de la menor damnificada, a quien se le había denegado una prestación médica, ve ahora reparado, aunque sea parcialmente, el daño sufrido. Y lo hace con la certeza de que su lucha no fue en vano, que el sistema judicial escuchó su reclamo y que la justicia, cuando actúa con firmeza, puede equilibrar la balanza entre el poder del Estado y los derechos de los ciudadanos.

Esta resolución debe ser un llamado de atención para todos aquellos funcionarios que, confiados en la lentitud de los procesos o en la prescripción de las sanciones, continúan ejerciendo sus cargos con desidia o soberbia. La justicia rápida y efectiva es posible, y este fallo lo demuestra. Ojalá sirva de espejo para otros tribunales del país y de estímulo para que más ciudadanos se animen a reclamar sus derechos, sabiendo que, cuando la ley se aplica sin demora, el ejemplo se multiplica y la impunidad retrocede.

El desafío ahora es que este precedente no quede aislado, que se convierta en política de Estado y que cada juez, cada fiscal y cada funcionario comprenda que la rapidez en la justicia no es un lujo sino una obligación. Enhorabuena por esta sentencia. Que sea el primero de muchos pasos firmes hacia una administración pública más responsable y una justicia más cercana a la gente.

 


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