Procesando. Por favor aguarde...
“Mediante este proyecto de ley propongo su modificación a fin de que efectivamente se respete la división de poderes y la seguridad jurídica que merecemos en un verdadero estado de derecho, de modo tal que el Parlamento vea salvaguardada sus atribuciones y competencias en el proceso de formación de las leyes”, afirmó Blanco.
El proyecto propone en concreto que tanto para la aprobación como para el rechazo de un decreto ambas Cámaras deban pronunciarse en forma expresa y concordante - al igual que en el trámite ordinario -. Es decir que si una aprueba y la otra rechaza o no se pronuncia, se considerará rechazado. Y si no se pronuncian ninguna de las dos tampoco habrá aprobación. Para ello también se establecen plazos, ya que actualmente se recurre al transcurso del tiempo para que pervivan como válidos mientras el Congreso no se exprese.
El Senador de Juntos por el Cambio señaló que “la actual redacción, con su vaguedad e indeterminación de plazos (que no es inadvertida) constituye una suerte de autorización falsamente legal para restringir o limitar derechos y/o disponer de facultades extraordinarias”.
El proyecto del Senador establece que el dictamen de la Comisión Bicameral Permanente debe pronunciarse en forma expresa y minuciosa, bajo pena de nulidad absoluta e insanable, sobre la concurrencia de cada uno de los elementos según su categoría para dar por cumplimentados los recaudos formales y sustanciales.
Esta Ley establece los estándares necesarios y constitucionalmente exigidos para avanzar en el camino de la democracia y alejarnos de la “exceptocracia” que tanto daño le hace a la República.
“Como radical –aseguró Blanco- quiero que se gobierne por leyes en vez de por decretos antojadizos, arbitrarios y excepcionales. Sólo el Congreso tiene la facultad de sancionarlas siempre en base a la búsqueda permanente de consensos en vez de delegar funciones en el Ejecutivo que le son propias. Si queremos profundizar la democracia hay que apostar siempre a la estricta observación del principio de separación de poderes”.
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