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Dr. Valter Tavarone

Reforma persigue reelección del Intendente y de concejales

El ex convencional estatuyente de la ciudad de Ushuaia y corredactor de la Carta Orgánica Municipal entendió que “la intención final perseguida en esta reforma es obtener la reelección, no solo del Intendente, sino también de algunos concejales y todo el resto de los artículos (sujetos a reforma) constituyen a mi juicio un maquillaje para confeccionar un traje a medida de los intereses de algunos”. Concedió que la convocatoria “ya es un hecho” y no se puede dar marcha atrás, pero sin embargo cuestionó que fue llamada en una coyuntura que no era la adecuada y que el llamado “se hizo entre gallos y medianoche”, dejando fuera a los ediles que tenían una postura contraria a la reforma.

El ex convencional estatuyente de la ciudad de Ushuaia y corredactor de la Carta Orgánica de Ushuaia en el 2002, Dr. Valter Tavarone.

Río Grande.- El ex convencional estatuyente de la ciudad de Ushuaia y corredactor de la Carta Orgánica de Ushuaia en el 2002, Dr. Valter Tavarone, dialogó con el programa radial ‘Dos Preguntan’ que se emite por Radio Universidad 93.5 y el Diario Provincia 23, sobre la reforma a dicho estatuto capitalino.

Confió que “tuve el honor de poder participar en la redacción de la Carta Orgánica de Ushuaia lo que fue para mi un orgullo y un honor poder hacerlo en aquel proceso estatuyente que se desarrolló en plena crisis, bastante similar a lo que hoy está pasando en el país”.

Cabe destacar que hay varios institutos del estatuto capitalino que a veinte años de su sanción aún no se han cumplido, como el Defensor del Vecino, Presupuesto Participativo, tampoco la Sindicatura es completamente operativa; la ampliación del ejido urbano, Veteranos de Guerra, Información y Debate Ciudadano (Referéndum Popular), entre otros.

“Son 16 artículos los que se pretenden reformar; es decir, si bien dicen que es una reforma parcial, en realidad es bastante extensa esta reforma porque abarca prácticamente todos los títulos. Por ejemplo, se pretende reformar el artículo del Defensor del Vecino cuando es una institución que jamás fue puesta en marcha”, dijo el entrevistado.

Agregó que “la Cláusula Transitoria Décima de la Carta Orgánica de Ushuaia le daba un plazo de 365 días al Concejo Deliberante para que sancione la ordenanza de puesta en funcionamiento de la Defensoría del Vecino (*) y fue un artículo que jamás fue puesto en práctica”, lamentó Tavarone.

 

Reelección del Intendente y Concejales

 

Cabe recordar que la reforma a la carta orgánica fue aprobada por el Concejo Deliberante en la última sesión del año 2021 a un proyecto enviado por el Ejecutivo municipal y en la misma sesión se previeron los fondos necesarios dentro de la aprobación del Presupuesto Municipal 2022.

La oposición política en Ushuaia se centra en la reelección del Intendente como objetivo de dicha reforma y desde el oficialismo se pone en foco que la reforma pretende dejar sin efectos institutos que son anticuados u obsoletos, a lo que el Dr. Valter Tavarone contrastó que “de ninguna manera son artículos anticuados, por ejemplo, se pretende reformar instituciones que ni siquiera existen hoy como el mencionado Defensor del Vecino o el Presupuesto Participativo (**) que si bien en alguna gestión se puso en práctica, no se cumplió como manda la Carta Orgánica. Se aprobó la ordenanza y se aplicó en algunos períodos en algún momento y luego se incumplió la manda constitucional de que fuera progresivo y porcentual, donde la totalidad del presupuesto (participativo) tenía que ser sujeto a la participación de los ciudadanos en la asignación del Presupuesto Municipal”.

Concedió que “sí es cierto, a mi criterio, que la intención final perseguida en esta reforma es obtener la reelección, no solo del Intendente, sino también de algunos concejales y todo el resto de los artículos (sujetos a reforma) constituyen a mi juicio un maquillaje para confeccionar un traje a medida de los intereses de algunos”.       

Recordó que en la última sesión del Concejo Deliberante del 2021 “un concejal autor del proyecto (de reforma a la Carta Orgánica) interpuesto sobre tablas entre gallos y medianoche porque se aprovechó de la última sesión donde no figuraba el Asunto ni el Orden del Día en el Boletín de Asuntos Entrados lo introdujeron en una forma bastante dudosa, por así decirlo, y se sancionó con mayoría que evidentemente habían negociado políticamente entre los integrantes del Concejo Deliberante y prácticamente dejaron afuera de la discusión a concejales que no estaban de acuerdo con la forma en que se interpuso el proyecto de reforma parcial de la Carta Orgánica Municipal”, cuestionó. 

Tavarone entendió esta reforma “atenta contra la letra y el espíritu de la Carta Orgánica porque ella establece una forma de gobierno de la ciudad, representativa, republicana, federal y participativa. El carácter representativo de este estatuto está reflejado en muchos artículos, como el de la Comisión de Información y Debate Ciudadano donde tienen que ser sometidos todos los proyectos o a través de los mecanismos de Consulta Popular, Plebiscitos (***) y demás y el proyecto de ordenanza a esa participación no se dio”, volvió a lamentar.

El Dr. Valter Tavarone recordó que “una carta orgánica es el contrato social que rige los vínculos de la sociedad de Ushuaia y el Estado municipal, destinada a regir por 30 años y entonces debió haber nacido el consenso y por más que es cierto que los concejales (y el Intendente) ejercen la representación popular, también establece la Carta Orgánica que esa representación puede ser ejercida por el propio pueblo a través de los mecanismos que la misma establece y eso no ha ocurrido, no ha habido un consenso amplio de todos los sectores que conforman la comunidad fueguina”.     

El entrevistado enumeró algunos artículos que no se cumplieron y que deberían cumplirse como el Defensor del Pueblo, volver a aplicar el carácter ‘participativo’ del Presupuesto, también hay un artículo que establece la necesidad de publicar los ingresos y erogaciones del municipio en forma semanal y obligatoria que hoy tampoco se está cumpliendo, entre otros. Lo que ocurre es que son muchos los artículos que pretenden reformar”. 

 

(*) Décima: Dentro de los TRESCIENTOS SESENTA (360) días de la entrada en vigencia de la presente Carta Orgánica el Concejo Deliberante sanciona la norma de funcionamiento de la Defensoría del Vecino y establece el procedimiento para el llamado público y abierto de postulantes para designar dicho cargo, y procede a la designación del Defensor del Vecino.     

 

(**) Séptima: El Presupuesto Participativo es un proceso dinámico y creciente que se inicia con la elaboración del presupuesto municipal del ejercicio 2004. Para esto el Concejo Deliberante dicta por ordenanza el mecanismo y procedimiento de participación de la Comunidad, el que debe establecer prioridades sobre la asignación de recursos sobre las distintas áreas y dependencias que el Municipio hubiera proyectado con anterioridad.

A partir del presupuesto 2004 y en forma gradual cada año, las ordenanzas establecerán el porcentaje de las partidas presupuestarias que se someterán a la discusión participativa sobre su utilización, las que en un proceso progresivo nunca podrán ser porcentualmente inferiores que lo estipulado en el ejercicio anterior.

El Municipio deberá iniciar un proceso de concientización, capacitación y entrenamiento comunal y de las estructuras técnicas del Municipio, con el objetivo de contribuir a la formación vecinal en la participación de las definiciones y los controles presupuestarios.-

 

(***) Undécima: Una ordenanza que deber ser sancionada dentro de los CIENTO OCHENTA (180) días de la vigencia de la presente Carta Orgánica, reglará el Instituto del Referéndum Popular.-

 

Quiénes integraron la Convención Constituyente de 2002:

 

Liliana Cristina Cambas; Liliana Fadul Mora; Jorge Alberto Garramuño; Teresa del Valle Medina Bregan; Jorge Aquiles Niño de Guzmán; Rogelio Hugo Ponzo; Rubén Humberto Rodríguez; María Cristina Santana; Federico Sciurano; Valter Carlos Tavarone; Guillermo Eduardo Torre; Darío Javier Urruty; Pablo Gustavo Villegas y Oscar Domingo Zampella; electos el 17 de junio de 2001 para la importante tarea, en cumplimiento de lo establecido por la Constitución Provincial en su artículo 176.

 


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